La Secretaría de Hacienda publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a las disposiciones de carácter general que establecen el régimen de inversión al que deberán sujetarse las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro (Siefores), los vehículos por los que a través las afores invierten los ahorros de los trabajadores, en materia de emisiones simplificadas, maximizar las tasas de reemplazo, participación en Fibras e instrumentos de deuda internacional.
La dependencia explicó que con el objetivo de apoyar el financiamiento a las empresas mexicanas, se precisa que en las disposiciones de carácter general en materia financiera de los sistemas de ahorro para el retiro (SAR) y en los criterios del Comité de Análisis de Riesgos, se establecerán las directrices aplicables a los vehículos cuyos subyacentes estén conformados por emisiones simplificadas, figura que nació de la reforma a la Ley del Mercado de Valores (LMV), en la que se establecen menos requisitos y con costos accesibles, o por empresas mexicanas, con el fin de fomentar su acceso al mercado de capitales bajo un marco de gestión prudencial de riesgos.
