La resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México sobre la reincorporación de José Emilio Villar González abre un debate técnico sobre cómo funcionan las licencias en cargos de elección popular.
En términos jurídicos, una licencia temporal no implica la pérdida definitiva del encargo. El suplente asume funciones mientras subsiste la causa que motivó la separación. Una vez que esta desaparece, el titular puede solicitar su reincorporación.
El conflicto en la Alcaldía Cuauhtémoc radicó en la interpretación de ese procedimiento. La alcaldía sostuvo que el regreso no estaba previsto como automático, mientras que el concejal argumentó que impedirlo afectaba su derecho constitucional.

El tribunal priorizó el principio de representación efectiva y la voluntad popular. Este criterio podría convertirse en referencia para futuros casos en la Ciudad de México.
Más allá de nombres y partidos, el precedente fortalece la claridad jurídica sobre la naturaleza de las suplencias y el alcance de los derechos político-electorales en el ámbito local.
